Evolución desde el origen del conflicto hasta la Sentencia Interlocutoria de Alfonso V de Aragón
Estos campesinos vendrían siendo herederos del sistema de colonato romano-visigodo en el que los campesinos están vinculados de forma indivisible a la tierra. Con la conquista árabe esta práctica quedaría reducida a los terrenos más al norte de los condados catalanes. Sin embargo después se iría exportando esta práctica al territorio que se conoce como "Cataluña Vieja", al norte del río Llobregat.
Más allá de esta exportación, otro elemento que ayudará a la proliferación de este tipo de campesinos es la revolución feudal que tiene lugar en Cataluña en el siglo XI, de la que hablaremos dentro de unos parrafitos.
Pero además de estar unidos a la tierra, estos campesinos tenían una serie de obligaciones con sus señores, que son conocidas como los "malos usos", que son los siguientes:
- remensa personal:
cantidad que el payés debe pagar al señor en concepto de redención
si quiere abandonar el territorio al que se encuentra adscrito.
- intestia:
atribución al señor de la tercera parte o la mitad, depende, de los bienes
del payés fallecido sin dejar testamento.
- cugucia:
participación del señor en los bienes confiscados a la mujer
adúltera. Estos se repartirían a medias entre el marido y el señor feudal o irían integramente a manos del señor si el campesino había consentido el adulterio. Como os podréis imaginar si el hombre era el adúltero no pasaba nada, no había problemas hace 50 años imaginaos allá por el año 1000.
- xorquia:
atribución al señor de determinada porción de los bienes del
payés si este muriese sin descendencia.
- arcia:
indemnización al señor en caso de incendio casual de la tierra. Porque claro, el campesino trabajaba la tierra y vivía en ella, pero si se le quemaba la casa y el terreno además de la pérdida tenía que indemnizar al señor feudal, que era el dueño.
- firma de spoli: pago que se le hace al señor para que este autorice la entrega de la dote a una muchacha que se iba a casa.
Como podéis apreciar eran todo ventajas, para el señor, obviamente, porque además de estas obligaciones y de dar parte de la cosecha obtenida, los campesinos también estaban obligados a ir a trabajar gratis a las tierras que eran propiedad exclusiva del señor feudal. Y ahora, hechas las presentaciones, vamos al asunto.
![]() |
Campesino a sus labores. |
El comienzo de la
opresión que los señores ejercen sobre sus campesinos se sitúa a
mediados del siglo XI. Hasta entonces los campesinos lograran un
notable grado de libertad tanto personal como de sus posesiones. En
estos momentos tendrá lugar la reacción señorial mediante la cual
se verán agravadas las condiciones de vida del campesinado, ya que
los señores llevaron acabo una violenta revuelta contra el poder
condal con el fin de apoderarse de las tierras de los agricultores libres y
someterlos a la servidumbre. Esto suponía un importante aumento del
poder señorial en detrimento de la autoridad de los condes.
Esto hace que
muchas de las tierras que estaban en manos de los condes se
conviertan en señoríos particulares, por lo que los campesinos
pasan de estar bajo la autoridad condal, que solía ser más
flexible, a someterse al férreo control de los señores feudales, que eran más cabroncetes. En
este contexto es en el que se produce la aparición de los llamados
seis malos usos catalanes, así como de otras prestaciones igual de
abusivas. La prestación que provocaba más problemas para los
campesinos era la redención personal, ya que el precio de la misma
era fijado a voluntad por el señor. Esta característica permitía
que, en épocas de carestía en las que el cultivo de las tierras
ganaba más importancia, el señor incrementase el precio de la
remensa para impedir que los campesinos abandonasen las tierras
dejándolas incultas. Además, en caso de que el campesino hiciese
efectivo el pago de su redención, las alternativas que tenía eran
escasas ya que, o bien no tenía lugar a donde ir, o bien tenía que
asentarse en unas tierras en las cuales se veía de nuevo sometido a
las mismas prestaciones. Por esto mismo, algunos optaron por ir a
probar fortuna a las áreas reconquistadas a los musulmanes en las
que las prestaciones a las que debían hacer frente eran menos
estrictas. ¿Os suena esto de que cuando las cosas van mal haya que tragar con carros y carretas o largarse a ver que pasa en otro sitio? A mí me suena de algo pero no sé de qué.
Evolución
hasta la crisis bajo medieval
En esta situación
los campesinos se hallaban totalmente desamparados y las únicas
instituciones que podrían llegar a defender sus intereses eran las
asambleas eclesiásticas de Paz y Tregua. Estas asambleas nacen en el
siglo XI con el objetivo de evitar luchas entre los nobles o entre
estos y sus campesinos. Para esto decretaban la llamada “Paz de
Dios” en una región determinada. Este decreto jurídico iba
protegido con una amenaza de excomunión para aquel que quebrantase
dicha paz. Que ahora nos puede parecer una broma, pero en el siglo XI que te excomulgasen era algo muy serio. Posteriormente estas asambleas tendrán también la
posibilidad de decretar una “Tregua de Dios”, por la que quedaba
prohibido efectuar cualquier acto violento en un lugar determinado y
durante un período de tiempo concreto. El principal objetivo de
estas asambleas era evitar daños para las tierras que pudiesen
provocar la destrucción de cosechas, que las reivindicaciones muy bien pero hay que tener algo para comer. Estas asambleas llegaron a
tener una gran relevancia, como deja entrever la intromisión del
poder condal en ellas hasta el punto de llegar a presidirlas en el
1064, momento en el que comenzaron a transformarse en asambleas
formadas tanto por eclesiásticos como seglares. A los que
incumplían los dictamines se les empezó a aplicar penas tanto eclesiásticas
como civiles. Sin embargo, pasado no mucho tiempo, estas asambleas
estuvieron también al servicio de las pretensiones señoriales, como
demuestra la declaración que aseguraba que el señor no incumplía
una tregua cuando apresaba a los payeses que intentaban fugarse de
las tierras.
![]() |
Calendario campesino |
El completo
control de los señores sobre sus campesinos tiene lugar en el
siglo XII, momento en el que se generalizan totalmente los malos
usos. En este momento también se produce un cambio jurídico,
según el cual se modifica el derecho visigodo (Liber
Iudiciorum), en el que a todas las
personas se le garantiza sus libertades personales, por el derecho
romano, mediante el cual un campesino o familia que llevaba treinta
años siendo arrendatario de un terreno quedaba adscrito a la tierra
y para abandonarla tenía que pagar su redención.
De este modo,
en el siglo XII la diferencia entre el payés y las tierras que
trabajaba desapareció y pasaron a formar parte de un todo. Los
conatos de revueltas en contra del poder señorial fueron reprimidos
mediante el uso de la violencia. El punto máximo del uso de la
violencia tendrá lugar en las Cortes de Cervera celebradas en 1202,
presididas por el Conde-Rey Pedro el Católico, donde se
aprobará el llamado Ius
Maletractandi, que consagraba el
derecho del señor a agredir físicamente a su campesino. Esta primera
medida será la primera de otras leyes aprobadas por las Cortes que
colaborarán en el empeoramiento de la vida de los campesinos.
Otra medida
importante aprobada en Cortes será la exclusión de la libre
circulación de los payeses de remensa, que tendrá lugar a finales
del siglo XIII, concretamente en 1299. Esta sucesión de medidas
contrarias a las libertades de los remensas continuará en 1321,
cuando se establece que dichos campesinos no serían protegidos,
salvo aquellos ya redimidos, por los oficiales reales, y los
labradores tampoco podrán reclamar contra sus señores ante los
tribunales públicos. Es decir, en este punto los campesinos están a merced de los señores feudales, que les pueden pegar, impedir que salgan de la tierra y ni siquiera pueden solicitar amparo a la corona.
Impacto
de la crisis y primeras medidas para solucionar el problema.
Así estaba la
situación cuando, en 1333, hace aparición el primer indicio de la
crisis bajo medieval. Este será el llamado Mal
any primer, año de malas cosechas que
provoca escasez de alimentos y, por lo tanto, hambrunas. A este año
de malas cosechas le sucedieron otros y la situación se agravará
más a partir de 1348, momento en el que entra en juego una epidemia
de peste negra que afectará a toda la Península, pero que tendrá
especial incidencia en Cataluña. Esta crisis producirá una elevada
tasa de mortalidad, por lo que muchas tierras quedarán abandonadas y
los campesinos se convertirán en un bien escaso, por lo que los
señores optaran por aumentar el precio de la remensa para evitar que
los campesinos abandonasen las tierras. Durante los años duros de la
crisis, las demás prestaciones a las que tenían que hacer frente
los campesinos se ablandaron ligeramente, ya que con esta medida los
señores pretendían evitar cualquier posibilidad de fuga, pero
cuando la situación comenzó a mejorar volvieron a las mismas
exigencias, o incluso las incrementaron de tal modo que en el año
1388 los campesinos comenzaron a dar muestras de ser incapaces de
hacer frente a las cargas señoriales.
Para intentar
mejorar su situación optaron por reunir información de sus
problemas y hacerle llegar esta a la Corte de Aragón, lo que muestra
que para hacer frente a las
dificultades decidieron inclinarse por la defensa colectiva y que
además contaban con la colaboración de un sector de juristas y
notarios que les ayudaron a la hora de reunir información y presentarla ante la Corte. La primera
reacción de la Corona de Aragón hacia este problema fue la carta
enviada al Papa Bonifacio IX por la reina María en el año 1402 en
la que se le informaba al Pontífice de los abusos que sufrían los
campesinos. Pero esta misiva no acarreo ninguna consecuencia. Entre el Cisma de Occidente y sus otras cosas el Papa archivaría esta carta en su pila de "cosas que me importan más bien poco".
Actos
de los primeros Trastámara
El poder de los
señores catalanes se incrementará aún más con motivo del problema
sucesorio ocasionado tras la muerte sin descendencia del monarca
Martín el Humano en el 1410. Esto provoca que durante los dos años
en que estuvo bacante el trono aragonés Cataluña fuese gobernada
por la Generalitat, lo que incrementó las pretensiones señoriales
de independencia con respecto a la Corona aragonesa. Finalmente en
1412 se celebra una reunión de las cortes de los tres reinos que
componían la corona de Aragón en el que se escogió como nuevo
monarca a Fernando I de Antequera según dictaminó el llamado Compromiso de Caspe. Este nuevo monarca era nieto de Pedro el
Ceremonioso y pertenecía a la dinastía de origen castellana de los
Trastámara, lo que no fue demasiado bien acogido por la nobleza
catalana que veía en esto una intromisión por parte de la corona de
Castilla en los asuntos catalanes. Esta elección también provocó
la rebelión de Jaime de Urgel, que había ejercido de lugarteniente de
Martín el Humano en Cataluña y era el candidato catalán al trono. Él y sus partidarios serían finalmente derrotados en Caspe en 1413.
Alfonso V de Aragón con su cara de posar |
Para poder hacerse
con el control de la situación el nuevo monarca tuvo que establecer
pactos con las autoridades catalanas concediéndoles una cierta
autonomía, que no hizo otra cosa que contribuir al fortalecimiento
del poder señorial y al mayor sometimiento de los campesinos a su autoridad. Cuando Fernando de Antequera logró asegurar la
corona rompió esta política de negociación, pero tras su muerte en
1416 la subida al trono de su sucesor Alfonso V el Magnánimo trajo
una política de corte más imperialista, como muestra el traslado de
la Corte a Nápoles. Durante el reinado
de Alfonso V los campesinos se niegan a aceptar que las Cortes puedan
alterar el derecho natural, postura que también era compartida por
algunos oficiales de la corona. Por otro lado estaba la Generalitat
que, como representantes de la oligarquía feudal catalana, defendía
que las Cortes no hacían más que confirmar los derechos que los
señores tenían sobre los payeses de remensa. Esta postura de los
señores queda totalmente clara cuando en la Cortes de Tortosa de
1431 declaran que los payeses deben seguir viviendo bajo la autoridad
señorial sin posibilidad de reclamar su libertad personal.
Tras estos
acontecimientos comienza la lucha de los payeses para librarse de la
remensa personal y de los demás malos usos que, en un primer momento
fue llevada de forma pacífica, a excepción de algunos actos
violentos aislados que fueron sofocados rápidamente. Para fijar su
modo de actuar, los campesinos optaron por organizarse en un
sindicato para poder elaborar la demanda que sería presentada ante
la Corte. Esta postura contará con el beneplácito real desde 1448,
año en el que el rey Alfonso V, desde Nápoles, dicta una real
provisión en la que autoriza a los payeses a reunirse para tratar
sobre la supresión de los malos usos y recaudar fondos para pagar la
intervención real en el conflicto.
Estos sindicatos
llevarán a cabo una importante actividad, como demuestra el hecho de
que, entre 1448 y 1449 sólo en Girona se celebraron alrededor de 300
reuniones. En una de estas reuniones celebradas en el Valle de
Hostoles en Noviembre de 1448, los señores y las autoridades del
principado catalán se negaron a establecer ninguna clase de diálogo,
por lo que la situación llega a un punto muerto y el único paso
pacífico que pueden realizar los payeses es el de presentar una
demanda ante la Corte Real. Lo que viene siendo una reunión sindicatos-patronal de toda la vida.
Esta demanda será
admitida por Alfonso V que establecerá un plazo para que los
señores presenten sus alegaciones, pero estos, fieles a su posición
de no participar en ningún tipo de negociación, no llegarán a
presentarlas, lo que colocaba al monarca en una posición muy
delicada. Esto era así ya que ahora Alfonso V estaba obligado a
dictar una sentencia, pero tenía que actuar con tacto para no
ganarse la enemistad de ninguno de los dos bandos. Por un lado
necesitaba mantener el apoyo de la nobleza para garantizarse que esta
seguiría sufragando económicamente su política italiana. Por
otro tampoco podía dictar ninguna sentencia perjudicial para los
intereses de los campesinos ya que en ese caso la revuelta podría
estallar en cualquier momento, lo que no era deseable para un monarca
que estaba más centrado en incorporar nuevos territorios a sus
dominios.
Finalmente, en 1455,
Alfonso V dictará la llamada Sentencia Interlocutoria en la que
suprime temporalmente todas las servidumbres, incluidos los seis
malos usos, hasta que los señores procedan a presentar sus
alegaciones a la demanda. Sin embargo esta medida no fue aplicada tan
contundentemente como parece, a lo que contribuyó el escaso empeño
puesto por la autoridad real.
Bueno, y aquí lo dejamos por hoy, espero que estéis impacientes por saber como termina esto. Y si no lo estáis os lo vamos a contar igual así que, como se suele decir, CONTINUARÁ...
No sabes cómo te agradezco que escribas sobre la Corona de Aragón y sus pesquisas medievales. Como ya te comenté en una ocasión, yo siempre me he interesado más por Castilla (Asturias, León, Castilla) y tengo a los demás un poco olvidados.
ResponderEliminarPero, entrando en materia, hay que ver lo que sufrieron los pobres campesinos catalanes y lo que me figuro que les queda (porque Rodolfo Sancho en 'Isabel' blasfemaba mucho y muy fuerte de los señores feudales de los condados, que como eran unos brutos de cuidado, le venían los representantes del pueblo llano a distraer de la conquista de Granada) (Necesario segundo paréntesis: sé que es un poco triste que cite una serie para comentar un tema histórico pero hasta ahí llegan mis conocimiento sobre la Corona de Aragón en general y los llamados condados catalanes en particular).
Leeré la segunda entrada con gran interés. Voy a dejar pasar algún tiempo para mantener el suspense. Ah, y en otro orden de las cosas, no me cae simpático el Magnánimo. No señor. Era un derrochador. ¡Se lo gastaba todo en acicalarse!
Y, finalmente, como esta misma entrada, amenazo con volver...
Gracias a ti por leernos. Quizá la situación y evolución de la Corona de Aragón sea más compleja que la de Castilla, al menos en mi opinión. Aunque también puede ser que como, al menos en mi caso y por lo que parece en el tuyo, nos han contado menos cosas al respecto, nos llama más la atención. Sea como fuese este es uno de los temas que más me atrajo en la carrera junto con las crónicas que hacen referencia a la invasión musulmana, ya buscaré la manera de daros la turra con ellas.
ResponderEliminarEn cuanto a la situación que padecieron los payeses, cuando se te considera parte de la tierra que trabajas pues ya se sabe, muy bien no te van a tratar y en la lucha entre nobleza y corona siempre te toca perder. Y no sigo que te voy a acabar haciendo spoiler y te destripo la segunda parte.
Y esa amenaza es de las que nos gustan. Hasta la próxima y ojalá que sea pronto.